El uso de la mascarilla será obligatorio en la Comunidad Valenciana La Conselleria de Saniadad decreta que la mascarilla sea de uso obligatorio en todo momento en la Comunitat Valenciana Ana Barceló, la consellera de Salud Pública, ha comparecido este sábado en rueda de prensa para informar de las nuevas medidas de prevención adoptadas por la Generalitat Valenciana frente a la COVID-19. Una de las medidas que ya ha entrado en vigor es el uso de la mascarilla obligatorio en la Comunidad Valenciana. En vista de los 20 brotes que hay en la Comunitat, desde Salud Pública y Atención Primaria se está trabajando para localizar y controlar los brotes de coronavirus en Valencia. Por ello han decidido tomar medidas contundentes, como el uso obligatorio de las mascarillas y la necesidad de cumplir con la distancia interpersonal metro y medio. A pesar de que se cumpla la distancia interpersonal será obligatorio el uso de la mascarilla en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre o en espacios cerrados de uso público o abiertos al público. Por tanto ahora deberá mantener tanto el distanciamiento interpersonal como la mascarilla. Además se recomienda que en los eventos que se realicen en espacio privados cuando exista confluencia con persona no convivientes o no pueda garantizarse la distancia interpersonal también se haga uso en todo momento de la mascarilla. El nuevo acuerdo publicado este sábado contempla medidas encaminadas al uso de mascarillas por parte de la población. Este uso no será obligatorio en playas y piscinas, así como en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, siempre y cuando la afluencia de las personas permita mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros; tampoco durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad con la que resulte incompatible su uso; y en las actividades infantiles y juveniles de ocio mientras se permanezca con el grupo de convivencia estable. En la misma resolución se contemplan otras medidas dirigidas al sector hostelero y de ocio nocturno. En las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración el aforo será hasta el 100% de las mesas permitidas, siempre que se pueda asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de 1,5 metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal. La ocupación máxima será de 20 personas por mesa o agrupación de mesas. Los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, sin embargo, mantendrán el 30% de su aforo para consumo en el interior del local. Además, en aquellos locales que dispusieran de terrazas al aire libre, el aforo será de hasta el 75% de las mesas permitidas, siempre que se pueda asegurar el distanciamiento establecido. En todo caso, se deberá hacer uso de la mascarilla cuando no se esté consumiendo.